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Concepto 177221 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Será procedente el reconocimiento y pago del auxilio de transporte a los servidores públicos (empleados públicos y a los trabajadores oficiales) que devenguen hasta dos veces el salario mínimo legal vigente, siempre que se cumplan con las condiciones establecidas en las mencionadas normas; razón por la cual y conforme a su consulta, si el funcionario reside cerca de su sitio de trabajo y su traslado al mismo no le implica mayor esfuerzo o costo alguno, deberá la empresa establecer si le asiste o no el derecho a su reconocimiento." |