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Concepto 169631 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "De ser así y ejercer autoridad civil o administrativa en el mismo municipio al cual aspira ser elegido en el cargo de elección popular, en virtud de lo que se ha dejado indicado, deberá presentar entonces, renuncia a su cargo por lo menos doce (12) meses antes de la fecha fijada para las elecciones a la alcaldía, ya que, según la norma, la fecha que debe tener en cuenta para no inhabilitarse, es doce (12) meses antes de la elección." |