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Concepto 149671 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"En caso de muerte de un servidor público, la relación laboral se entenderá vigente hasta el día en que aquel fallece; así las cosas, el día de muerte del servidor público se debe tener en cuenta a la hora de liquidar las asignaciones salariales y las prestaciones sociales a que tenga derecho, en consecuencia la fecha a partir de la cual se debe declarar la vacancia del cargo por muerte del servidor público será el día siguiente del hecho."