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Concepto 148561 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cuando el empleado se encuentra vinculado a la Administración, la compensación de las vacaciones sólo procede cuando el jefe del respectivo organismo, así lo considere necesario, para evitar perjuicios en la prestación del servicio, caso en el cual sólo puede autorizarse la compensación en dinero de las vacaciones correspondientes a un año, por lo que, la solicitud del empleado para que le sean compensadas las vacaciones no se encuentra como una justa causa para acceder a su otorgamiento. |