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Concepto 136861 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "El hijo de un Concejal no puede ser designado como Judicante Ad Honorem en la Personería Municipal, por cuanto se configuraría la inhabilidad contenida en el artículo 49 de la Ley 617 de 2000, ya que adquiere la calidad de servidor público." |