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Concepto 121961 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública El servidor público interesado en que se le conceda esta licencia deberá hacer la solicitud directamente al nominador respectivo o su delegado, o las personas que determinen las normas internas de la entidad. La licencia no podrá ser mayor de doce meses prorrogable por un termino igual hasta por dos veces. Ahora bien, estará en cabeza del nominador examinar que el empleado al separarse del cargo no afecte la prestación del servicio de la respectiva entidad al otorgar una licencia no remunerada para cursar estudios de educación formal y para el trabajo y el desarrollo humano; que para estos últimos el Artículo 2.6.2.2 del Decreto 1075 de 20153 , los define como aquellos que hacen parte del servicio público educativo y comprende la formación permanente, personal, social y cultural, que se fundamente en una concepción integral de la persona, que una institución organiza en un proyecto educativo y que estructura currículos flexibles sin que sea necesario acudir al sistema de niveles y grados propios de la educación formal. |