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Concepto 111451 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Es posible asignar funciones, siempre y cuando corresponda a las necesidades del servicio y mejoramiento del mismo y sin que con ello se desnaturalice los empleos, lo cual supone, entre otras circunstancias, que las funciones correspondan a aquellas propias del nivel jerárquico al cual pertenece el empleo; la asignación de funciones no implica el pago de la diferencia salarial, razón por la cual la utilización de esta figura no significa un incremento salarial para el empleo que las recibe. |