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Concepto 107841 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es viable considerar el traslado o la permuta de un empleado público cuando los dos empleos tengan funciones y requisitos similares entre sí, la permuta no implique condiciones menos favorables para los empleados, la remuneración sea igual, ambos cargos tengan la misma naturaleza y las necesidades del servicio lo permitan. Es de competencia del Jefe de Talento Humano o de quien haga sus veces, analizar el caso en concreto y decidir si ante una solicitud de traslado, éste procede o no. Cuando se trate de traslados o permutas entre organismos, la providencia deberá ser autorizada por los jefes de las entidades en donde se produce.