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Concepto 107671 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública No existe inhabilidad para ser elegido alcalde de quien es empleado público del municipio pero no ejerce un empleo que implique autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo ente territorial. Tampoco existe prohibición cuando se aspira al mencionado cargo en un municipio distinto. No obstante, debido a la prohibición constitucional que pesa sobre todos los empleados públicos de participar en política, éste deberá renunciar a su cargo y su renuncia ser aceptada, antes de la inscripción como candidato. Por último, cuando el aspirante es cónyuge de quien se desempeña como empleado que ejerza autoridad civil, como empleado de la Policía Nacional, no será necesario que ese último renuncie a su empleo si la aspiración de su cónyuge se presenta en un municipio distinto a donde ejerce su cargo. |