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Concepto 099841 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma, la persona mayor de 70 años o retirada con derecho a pensión de vejez no podrá ser reintegrada al servicio, salvo cuando se trate de ocupar los cargos, entre otros, el de consejero o asesor; en ese sentido, y en el caso que el empleo objeto de su escrito se trate de un consejero o asesor, se entenderá que se encuentra dentro de las excepciones de la norma, y, por consiguiente, podrá continuar en el ejercicio de su cargo o ser vinculado en la entidad. La norma contempla dos escenarios, por un lado, la persona mayor de 70 años (Empleado activo), y por otra, que se encuentre retirada con derecho a pensión de vejez (particular).