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Concepto 092541 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "En caso que el contrato suscrito no lo ejecute en el municipio donde aspira a ser elegido Concejal, no se configura la inhabilidad y podrá inscribirse para la contienda política. No obstante, en caso de ser elegido, deberá renunciar a la ejecución de su contrato o cederlo, pues la Constitución prohíbe a todo servidor público suscribir o ejecutar contratos con cualquier entidad pública. En otras palabras, no será procedente tener la calidad de Concejal en el municipio de Sincelejo y tener un contrato con el municipio de Morroa, ni con ninguna entidad pública de cualquier nivel." |