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Concepto 087841 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública La entidad para la calificación del período de prueba, deberá remitirse al instrumento propio que la entidad haya implementado para tal efecto. En caso de no existir ese instrumento, podrá acudir al instrumento de la Comisión Nacional del Servicio Civil, el cual señala que la calificación del período de prueba deberá realizarse dentro de los quince días hábiles siguientes a su finalización. |