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Concepto 086851 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El encargo para proveer un cargo, procede tanto para empleos de carrera, como para empleos de libre nombramiento y remoción.Quienes acrediten los requisitos para su ejercicio,poseen las aptitudes y habilidadespara su desempeño, no hayan sido sancionados disciplinariamente en el último año y suúltima evaluación del desempeño sea sobresaliente, tienen derecho a ser encargados Si no hay empleados con evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas calificaciones descendiendo del nivel sobresaliente al satisfactorio. El encargo procede por ausencia temporal o definitiva del titular. Cabe señalar que es la legislación quien determina cuándo debe entenderse un empleo vacante temporal6 y uno definitivo.