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Concepto 081051 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos tienen prohibido la celebración de contratos con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos; por tanto, es incompatible que como empleado suscriba contrato de prestación de servicios con una entidad pública, por expresa prohibición constitucional y legal. |