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Concepto 069261 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Por mandato constitucional las universidades cuentan con autonomía para darse sus propias reglas de organización y funcionamiento, así como el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, conflicto de intereses y prohibiciones disponiendo lo propio en sus estatutos. Por ello pueden disponer de un régimen especial de inhabilidades e incompatibilidades, siempre dentro del marco de las garantías de carácter constitucional y respetando el principio de reserva legal, igualmente resultará viable aplicar normas sobre inhabilidades que no las contemplen dentro de su campo de aplicación, siempre que los estatutos universitarios así lo contemplen. |