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Concepto 026691 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública No será competencia del comité de convivencia laboral de la entidad recibir una queja por parte de otros comités donde sus integrantes no todos tiene vinculación laboral con la entidad pues el mismo solo es competente con empleados públicos y trabajadores oficiales, y quienes se encuentren en un ámbito de relaciones de dependencia o subordinación de carácter laboral. |