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Concepto 023331 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si la funcionaria nombrada y posesionada como directora de comunicaciones de una universidad pública (nivel directivo) y su hija tenía un contrato de prestación de servicios con la misma universidad, entonces sobrevendrá una inhabilidad para su hija para contratar con dicha institución en los términos del articulo 9 de la Ley, por lo que deberá ceder el contrato previa autorización escrita de la entidad contratante o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución. |