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Concepto 013051 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El pago de cesantías, en relación a la Ley 1071 de 2006 establece que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, deberá expedir la resolución correspondiente al reconocimiento, lo cual la entidad pública pagadora tendrá un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles para cancelar esta prestación social. En cuanto al plazo para liquidar y pagar los salarios, no existe una norma que disponga un término para su liquidación y pago, por lo que la entidad debe ser lo más diligente posible en este trámite, con el fin de no ocasionar un perjuicio que ponga en riesgo el mínimo vital de los ex servidores públicos.