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Concepto 012611 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública No es viable que quien sea beneficiario de pensión de vejez y que no haya llegado a la edad de 70 años sea reintegrado en un empleo público, como es el caso del secretario general de un establecimiento público del nivel nacional, pues dicho cargo no se encuentra enlistado dentro de las excepciones. |