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Concepto 378951 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De acuerdo con la norma, durante el desarrollo del período de prueba en el que haya sido nombrado un empleado público no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal. Durante el período de prueba se deberán respetar las condiciones ofertadas en el concurso de méritos, entre ellas, las funciones del empleo, la ubicación del mismo, la remuneración del cargo, por lo que no se considera procedente efectuar reubicación del empleo o el traslado de los empleados públicos hasta tanto el empleado no supere el periodo de prueba respectivo.