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Concepto 237671 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La legislación no prevé la posibilidad de que se efectúe un encargo interinstitucional a nivel territorial. No será viable que el alcalde encargue al Gerente de una Entidad Descentralizada como Secretario de Despacho de la Entidad Pública; no es viable efectuar el encargo interinstitucional. Sin embargo, en caso que el salario del empleado que se encarga es inferior al asignado al empleo del cual es titular el empleado que se encarga, la administración deberá reconocer este último, pues no es permitido a la entidad desmejorar su situación salarial por el encargo efectuado. Esto significa que las cotizaciones al sistema de seguridad social seguirán siendo las mismas.