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Concepto 231521 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública La expresión ?por todo concepto? que utiliza la prohibición de la que trata el artículo 8° del Decreto 462 de 2022 hace referencia específicamente a la remuneración total mensual que perciben los gobernadores y alcaldes. Esto quiere decir que, ningún empleado público de las entidades territoriales, o sea ningún gerente de una Empresa Social del Estado del orden territorial, podrá devengar una remuneración total mensual superior a la que devengue el Gobernador o Alcalde respectivo. |