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Concepto 222771 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El encargo deberá otorgarse al empleado que desempeñe el cargo inmediatamente inferior, en ausencia de servidor con evaluación sobresaliente en el empleo inmediatamente inferior, el derecho se predica respecto del servidor que cumpla con los demás requisitos y cuente con calificación satisfactoria. Este procedimiento deberá realizarse sucesivamente descendiendo en la planta; y para tal efecto, cuando se evalúe la procedencia del encargo en un empleado que esté encargado, deberá tenerse en cuenta el empleo del cual es titular de derechos de carrera y no del que esté ocupando en encargo. |