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Concepto 211951 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública "La delegación de funciones la otorga la autoridad administrativa, previa autorización legal, a través de acto escrito (Decreto o Resolución), a otra autoridad o empleo; es decir, sólo tienen la competencia para delegar aquellos servidores públicos considerados como autoridades administrativas a los empleados públicos de los niveles directivo y asesores vinculados al organismo correspondiente. En todo caso, la facultad para delegar debe ser expresa, sin que la ley exija estudio o justificación de su necesidad." |