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Concepto 199891 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública "En caso de presentarse una inhabilidad mientras el servidor está en servicio, para adoptar la decisión administrativa respectiva, deberá verificarse la razón de la inhabilidad: si obedece a un dolo o culpa del servidor, deberá retirarlo de manera inmediata, siempre y cuando el ejercicio de la abogacía esté relacionado con el desempeño del cargo. De no ser así, podrá concederse el plazo de 3 meses para que ponga fin a la situación que lo inhabilita." |