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Concepto 171891 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si bien es cierto no existe inhabilidad alguna para que un servidor público figure como representante legal de una empresa privada o sea accionista de la misma, se considera que el servidor público no podrá suscribir contratos estatales con entidades u organismos públicos, ya sea en forma directa, o indirectamente por medio de la misma. |