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Concepto 166561 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Gobierno Nacional no decretó un porcentaje concreto a incrementar en los entes territoriales, por ende, corresponde al concejo municipal o asamblea departamental según los criterios del punto anterior determinar el incremento salarial de su entidad territorial, teniendo en cuenta que el límite mínimo de incremento debe ser conforme con índice de precios al consumidor (IPC) y los límites máximos los que determine el Gobierno Nacional. |