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Concepto 146931 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El jefe inmediato por necesidades del servicio y/o cumplimiento de los fines propios de la entidad, podrá asignar funciones adicionales a las expresamente contempladas para el cargo en el manual de funciones; no obstante, dicha discrecionalidad está limitada, en tanto que su aplicación no podrá desvirtuar la naturaleza jurídica definida por la ley para cada uno de los niveles jerárquicos de los empleos. Si la persona a la cual se va a reemplazar está percibiendo la remuneración, no es procedente asignarle a quien le han sido asignadas las funciones el salario, pues el titular la está percibiendo. |