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Concepto 145051 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Es posible asignar funciones, siempre y cuando corresponda a la necesidad del servicio y mejoramiento del mismo y sin que con ello se desnaturalice los empleos, lo cual supone, entre otras circunstancias, que las funciones, correspondan a aquellas propias del nivel jerárquico al cual pertenece el empleo y que no se modifique la totalidad de las mismas, no obstante de considerarlo oportuno el empleado puede en primera instancia recurrir al trámite institucional que disponga la entidad para efectos de verificar si las funciones asignadas traspasan los límites contemplados por la norma y si posterior a dicho trámite lo considera pertinente puede recurrir |