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Concepto 119271 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Frente los particulares también procede el mecanismo de derecho de petición para efectos de solicitar información, siempre y cuando el particular preste un servicio público o desempeñe funciones públicas; el derecho de petición constituya un mecanismo para lograr la consecución de otros derechos fundamentales; entre el peticionario y el particular existe una relación de poder reglado o de facto, que puede ser generado por una relación de subordinación, indefensión y/o posición dominante, así como también, se deberá revisar el tipo de información solicitada y se esta se encuentra dentro de la autorizada por la jurisprudencia. |