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Concepto 115651 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El recurso de apelación puede interponerse directamente, sin presentar recurso de reposición el cual no es obligatorio, o como subsidiario del recurso de reposición dentro de los 10 días siguientes a la notificación. En otras palabras, no resulta procedente interponer primero el recurso de reposición y después el recurso de apelación por cuanto, la norma exige que ambos se presenten en una misma oportunidad. Por tanto, a criterio del interesado puede interponer sólo recurso de apelación o como subsidiario de la reposición. En todo caso, cuando procede el recurso de apelación, es decir hay inmediato superior de quien dictó la decisión inicial, es requisito obligatorio para agotar la actuación administrativa y acudir a la vía judicial.