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Concepto 110661 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prohibición para el servidor público de recibir más de una asignación, se predica de aquellas que provengan del tesoro público o de empresas en que tenga parte mayoritaria el Estado, en ese sentido, se colige que el empleado público no podrá tener más de una vinculación con entidades públicas, salvo las excepciones contenidas en el artículo 19 de la Ley 4 de 1992. Es decir si una persona que se encuentra desempeñando un empleo de periodo fijo obtiene un primer lugar en una lista de elegibles para un empleo de carrera administrativa, deberá renunciar a su empleo de período fijo para realizar el periodo de prueba en el empleo de carrera administrativa. |