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Concepto 100851 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El aumento salarial anual que se decrete por parte del Gobierno Nacional, en el nivel territorial por parte del gobernador para las entidades del orden departamental, o del alcalde para las entidades del orden municipal, será de carácter retroactivo al 1o de enero de la respectiva vigencia fiscal. Así deberá quedar estatuido en una de las disposiciones del respectivo decreto salarial del orden nacional, departamental o municipal. |