Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 089981 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 089981 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para el caso de los aspirantes a la Alcaldía de Bogotá, debe observarse lo establecido en el artículo 37 del Decreto Ley 1421 de 1993, según el cual, al alcalde mayor se le aplicará el régimen de inhabilidades e incompatibilidades establecido por la Constitución y las leyes para el Presidente de la República, así mismo, el empleado público que fue encargado con el empleo de alcalde municipal, no podrá inscribirse como candidato a la alcaldía municipal de la respectiva circunscripción sino hasta 12 meses después del vencimiento del periodo para el cual fue elegido, en este caso, para el cual fue encargado.