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Concepto 087521 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En principio los trabajadores oficiales no tendrán derecho a la bonificación por servicios prestados, ya que estos no se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Decreto 2418 de 2015, solo está contemplada para los empleados públicos, sin embargo, al trabajador oficial estar vinculado bajo contrato de trabajo, tendrá derecho a dicha bonificación, siempre y cuando se encuentre consagrada en el contrato de trabajo, las convenciones colectivas o en los fallos arbitrales y su liquidación se efectuará conforme a lo establecido en estos instrumentos.