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Concepto 086551 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El salario a tener en cuenta para la liquidación de la prima de navidad de un empleado que ha estado incapacitado por más de ciento ochenta (180) días, será el que devengó y que le pagó la entidad antes de que iniciara la licencia por incapacidad; y se debe reconocer y pagar por todo el tiempo de dicha licencia de incapacidad. |