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Concepto 084721 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado que se encuentra en período de prueba, a menos que incurra en falta disciplinaria o causa legal que ocasione su retiro, tiene derecho a permanecer en el cargo por el término de éste, y durante este período no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la convocatoria que sirvió de base para su nombramiento o ascenso; la convocatoria debe indicar el horario al que pertenece la jornada laboral del respectivo empleo. |