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Concepto 075281 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Al considerarse como de período el empleo de jefe de control interno en las entidades u organismos públicos del nivel territorial, una vez finalizado el término para el cual fue nombrado, no opera la regla de continuidad sino de desinvestidura automática, que les obliga a la separación inmediata del cargo. La Administración deberá proceder a realizar la liquidación y pago de los elementos salariales y prestacionales propios de la relación laboral (incluidas las vacaciones), aun en el caso que la autoridad nominadora (alcalde o gobernador) deciden nombrarlo nuevamente para el mismo cargo, para tal efecto, la entidad u organismo público debe ser lo más diligente posible con la liquidación y pago de valores que correspondan.