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Concepto 067751 de 2022 - Departamento Administrativo de Servicio Civil Si la retribución de un ex servidor público proviene de una asignación de retiro o de una pensión militar o policial de la Fuerza Pública, dicha situación es considerada por la Ley como una de las excepciones para poder percibir dos asignaciones del erario; por consiguiente, no habría ninguna inhabilidad o incompatibilidad para que el pensionado del Ejército Nacional se posesione en el cargo de carrera para el cual concursó y perciba la asignación correspondiente a su empleo y su pensión, siempre y cuando no sobrepase la edad de retiro forzoso. |