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Concepto 066631 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública No será procedente que el titular del cargo de Auxiliar Administrativo Código 407, Grado 5, con derechos de carrera administrativa, pase a desempeñar las funciones del empleo de Secretaria Código 440, Grado 7, y la titular de este cargo pase a desempeñar las funciones del cargo de Auxiliar Administrativo, por cuanto ambas servidoras se encuentran en servicio activo, aunque los empleos pertenecen al mismo nivel asistencial, tienen diferente código y grado, las responsabilidades y la asignación básica es distinta para cada uno, y no se presenta ninguna situación administrativa que justifique o fundamente jurídicamente dicho intercambio; razón por la cual cada servidora debe continuar ejerciendo las funciones propias del cargo, según el manual específico de funciones y de competencias laborales, y de esa misma manera continuará percibiendo la asignación básica salarial inherente al respectivo empleo. |