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Concepto 056571 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública No es procedente otorgar las vacaciones a un empleado que se encuentra en periodo de prueba, toda vez que en este periodo deberá demostrar su capacidad de adaptación progresiva al cargo, su eficiencia, competencia, habilidades y aptitudes en el desempeño de sus funciones e integración a la cultura institucional, y por tanto, se entenderá que una vez el empleado sea calificado satisfactoriamente en este periodo será titular del empleo y, posteriormente, se le reconocerá y pagará sus emolumentos correspondientes de conformidad a su causación y como lo dispongan las normas respectivas. |