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Concepto 023621 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Por regla general nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, en consecuencia y teniendo como precepto que en el encargo de funciones no se paga ni la doble asignación ni la diferencia salarial, no habrá lugar a que se pague más de un salario. |