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Concepto 450121 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Conforme a la ley 1474 de 2011 en su artículo 4, podemos establecer que las personas que hayan ejercido cargos en el nivel directivo en entidades del Estado y las sociedades en las cuales estos hagan parte o estén vinculados a cualquier título, durante los dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo público, cuando el objeto que desarrollen tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios, no pueden contratar con el estado. |