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Concepto 385181 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "La administración deberá verificar en el respectivo manual o instrumento interno de la entidad, cuales son los requisitos para ejercer el empleo de conductor. Si el manual o instrumento similar determina que deberá tener licencia de conducción categoría C1, el funcionario estará en la obligación de actualizar el documento, si por el contrario se establece que el conductor debe tener licencia de categoría B2, solo deberá actualizarla cuando esta se venza. En caso que no haya una regulación especifica sobre el tema, se deberán tener en cuenta los requisitos exigidos al momento de ofertarse el cargo y realizar el respectivo concurso público de méritos. En todo caso no se podrán exigir requisitos adicionales a los requeridos para el ejercicio del empleo." |