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Concepto 383281 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Tratándose de plantas globales, resulta procedente la reubicación o el traslado. Sin embargo, corresponde a la respectiva entidad determinar que con dicha actuación se evite desmejorar las condiciones laborales, salariales, personales y familiares del empleado. Debe decirse además que las funciones a desarrollar deben ser las del área donde se efectué la ubicación, siempre y cuando sean de la misma naturaleza y del mismo nivel jerárquico del cargo titular. |