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Concepto 372311 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los ex funcionarios, no pueden prestar sus servicios de asesoría, asistencia y/o representación a personas naturales o jurídicas en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo, o permitir que ello ocurra, hasta por el término de 2 años después de la dejación del cargo, con respecto del organismo, entidad o corporación en la cual prestó sus servicios o por término indefinido si se trata de asuntos sobre los que conoció, en el ejercicio liberal de su profesión. |