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Concepto 363991 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Una vez revisadas las disposiciones sobre inhabilidades e incompatibilidades comunes a todos los servidores públicos, se observa que no se presenta ninguna inhabilidad o incompatibilidad para que quien una vez se retire del cargo como subgerente administrativo de una entidad territorial, como lo es una empresa social del Estado, pueda volver a vincularse en la misma entidad o en otra, en este caso, como asesor o jefe de control interno, siempre y cuando su vinculación se produzca mediante una relación legal y reglamentaria y cumpla con los requisitos para el ejercicio del empleo." |