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Concepto 271291 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El régimen laboral aplicable a los trabajadores de una sociedad de economía mixta, en la cual el aporte público corresponde a más del 90%, es el de las empresas industriales y comerciales del Estado, por lo tanto sus trabajadores se rigen por el contrato de trabajo, la convención colectiva, pacto colectivo, el reglamento interno, y en lo no previsto por dichos instrumentos, por la Ley 6ª de 1945 y el Decreto 1083 de 2015. Los empleados públicos catalogados como tal según sus estatutos, se rigen por la Ley 909 de 2004, los Decretos 1042 de 1978, 1045 de 1978 y las demás normas que los modifiquen, adicionen, reglamenten o sustituyan. Es así como de acuerdo con el artículo 5 del Decreto Ley 3135 de 1968, los que sean catalogados como empleados públicos, serán de libre nombramiento y remoción. |