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Concepto 244231 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos, dentro de los que se encuentran quienes hacen parte de la planta temporal de una entidad pública (Art. 21, Ley 909 de 2004), no pueden celebrar contratos con ninguna entidad estatal de cualquier nivel ya sea nacional, departamental, distrital o municipal, porque se encuentran inmersos en la inhabilidad establecida en la Ley 80 de 1993 para contratar con el Estado. |