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Concepto 242481 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para que se reconozcan horas extras el empleado público deberá pertenecer al nivel técnico hasta el grado 09 o al nivel asistencial hasta el grado 19. Para poder aplicar la norma al orden territorial se deberá tomar la escala de remuneración aprobada para la rama ejecutiva del orden Nacional y observar qué asignaciones básicas les corresponde a los empleos grado 19 del nivel asistencial y grado 9 del nivel técnico y compararla con la escala de remuneración del departamento o municipio, a efectos de definir el derecho al pago de las horas extras. 2) La competencia asignada por la Constitución Política a las Asambleas Departamentales consiste en determinar no solo las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleos públicos del departamento si no los viáticos de los empleados públicos, conforme al presupuesto respectivo y dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional. |